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11 de diciembre de 2025 | 14:32

Tribunal de Puerto Montt condena a autor de abuso sexual de menor

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El Tribunal Oral de Puerto Montt sentenció a J.A.A.V. a 5 años y un día de presidio efectivo por abuso sexual reiterado contra una menor de 14 años, hecho ocurrido entre 2017 y 2022 en Calbuco.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a J.A.A.V. a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo por el delito consumado y reiterado de abuso sexual de una menor de 14 años, cometido entre 2017 y 2022 en la comuna de Calbuco.

De acuerdo con el fallo unánime, integrado por los magistrados Jorge Díaz Rojas, Patricia Miranda Alvarado y Andrés Villagra Ramírez, el tribunal dio por acreditado que, en fechas indeterminadas entre enero de 2017 y abril de 2022, el condenado realizó de manera reiterada acciones de significación sexual en contra de la víctima, una menor nacida en 2007 e hija de su pareja. Según la resolución, los abusos ocurrieron en dos domicilios y durante paseos familiares en Calbuco.

La sentencia establece para J.A.A.V. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. El tribunal también decretó la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente, así como la sujeción a vigilancia de la autoridad por 10 años tras el cumplimiento de la pena principal.

Asimismo, se impuso la inhabilitación absoluta perpetua para desempeñar labores en ámbitos educacionales o que involucren relación directa y habitual con menores, junto con la prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional por un periodo de 10 años una vez cumplida la pena.

El tribunal ordenó que, una vez ejecutoriado el fallo, se tomen muestras biológicas del sentenciado para su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. La decisión fue adoptada con prevención del magistrado Díaz, quien estimó que concurría la circunstancia agravante del artículo 12 N°7 del Código Penal, relativa al abuso de confianza.

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