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Actualidad
8 de octubre de 2025 | 15:45

Comisión de Libertad Condicional de Puerto Montt revisará 161 solicitudes en su sesión semestral

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Durante dos jornadas, el organismo evaluará peticiones de internos de los recintos penales de Puerto Montt, Castro y Ancud, conforme a la normativa vigente.

La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Puerto Montt revisará este miércoles 8 y jueves 9 de octubre un total de 161 solicitudes de internos e internas pertenecientes a los centros penitenciarios de Ancud, Castro y Puerto Montt.

La instancia es presidida por el ministro Moisés Montiel Torres e integrada por los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt Patricia Miranda Alvarado y Cristián Rojas Collao, además de los jueces del Juzgado de Garantía Lorena Fresard Briones y Cristián Alfonso Durruty.

En esta sesión correspondiente al segundo semestre del año, la comisión analizará los antecedentes y los informes técnicos elaborados por Gendarmería de Chile. En detalle, se evaluarán 125 solicitudes del Centro Penitenciario Alto Bonito de Puerto Montt, 20 del Centro de Detención Preventiva (CDP) de Castro y 16 del CDP de Ancud.

La labor de la comisión se rige por el Decreto Ley N.º 321, modificado por la Ley N.º 21.124 (vigente desde enero de 2019), que establece los requisitos para postular al beneficio: haber cumplido la mitad de la condena —o dos tercios en casos de delitos graves—, mantener una conducta intachable y contar con un informe psicosocial de postulación elaborado por un equipo técnico de Gendarmería, que evalúa los factores de riesgo de reincidencia y las posibilidades de reinserción social.

Asimismo, el Decreto 338 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (17 de septiembre de 2020) regula la organización del sistema de libertad condicional, los programas, planes de intervención individual y los requisitos de los delegados encargados del seguimiento.

La normativa fue actualizada en noviembre de 2023 mediante la Ley N.º 21.627, que introdujo mayores exigencias al proceso. Entre ellas, que Gendarmería debe comunicar al tribunal de ejecución de penas las postulaciones presentadas, y que éste notifique a las víctimas, quienes pueden formular observaciones por escrito ante la comisión. En casos calificados, la víctima o su representante pueden ser oídos en audiencia, considerando la gravedad de los hechos o la reincidencia del postulante.

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