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Por Marcelo Vera , 16 de marzo de 2023 | 16:26

25 mil personas son citadas al 3º Juzgado de Policía Local de Puerto Montt por no sufragar en plebiscito

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Tribunal adelantó que no haber votado obligatoriamente, no está necesariamente sujeto a infracciones, ya que la persona pudo haber estado a más de 200 kilómetros o enferma.

Más de 25 mil ciudadanos de la comuna deben concurrir al 3º Juzgado de Policía Local de Puerto Montt por no haber emitido su voto obligatorio en el Plebiscito de Salida del 4 de septiembre de 2022. El proceso electoral, de carácter obligatorio, concluyó con un 61,87% de rechazo a la propuesta de carta magna elaborada por la Convención Constitucional.

Acerca del llamado a quienes no emitieron su papeleta en el marco de obligatoriedad, la jueza titular del Tercer Juzgado de Policía de la comuna, Tatiana Muga, especificó que consiste en que deben concurrir para regularizar su situación, procedimiento que se encuentra en desarrollo.

En cuanto a las razones que primaron para incumplir con el deber cívico, Muga explicó que no necesariamente se traducen en una infracción ya que, como ha acontecido en otras oportunidades, se puede deber a factores como enfermedad o porque la persona se encontraba a más de 200 kilómetros del recinto de votación.

“El que no cumplió que asista al tribunal para regular su situación. El no votar no está, en todos los casos, sujeto a una infracción. Quizá se debió a enfermedad o distancia. No lo sabe el tribunal, por lo que debe aclararse. Es decir, el infractor puede ser absuelto, pero según las causas que mediaron”, dijo Muga.

TRIBUNAL RESOLVERÁ CON CRITERIO

Sobre cómo acceder a la regularización, la titular describió que existen dos modalidades. La primera es a través del e-mail 3jplpuertomontt@gmail.com. La segunda es ir –en horario de oficina– al 5º piso del Mall Costanera en la intersección de Copiapó con Juan Soler Manfredini.

Simultáneamente, agregó que las excusas más comunes –que deben ser documentadas a través de un comprobante emitido por Carabineros y en caso de enfermedad por un certificado– deben ser expuestas o explicadas en un escrito simple y enviarlo al correo electrónico.

Al mismo tiempo, reiteró que el llamado es a dialogar. A exponer las causas, que derivaron en no ejercer el voto obligatorio, ya que el tribunal resolverá con criterio y en coherencia con los antecedentes que entreguen los electores

 

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